
Entra en vigencia el nuevo Régimen Penal Juvenil
A partir de septiembre, la Ley 27.801 fija en 14 años la edad mínima de imputabilidad, elimina las penas de prisión perpetua para menores y establece un abanico de medidas socioeducativas y sanciones alternativas.
l sistema judicial argentino inicia una nueva era con la entrada en vigencia del nuevo Régimen Penal Juvenil (Ley 27.801), el cual deroga el Decreto-Ley 22.278 dictado en 1980. La reformada legislación reestructura de forma integral el juzgamiento de delitos cometidos por personas de entre 14 y 18 años, con un enfoque centrado en la responsabilidad legal, la educación y la reinserción social.
El eje central del nuevo cuerpo normativo establece la baja de la edad de imputabilidad penal a los 14 años. Sin embargo, la norma contempla que el encarcelamiento sea estrictamente la última ratio, privilegiando soluciones alternativas como la reparación integral del daño, la prestación de servicios comunitarios, el monitoreo electrónico y la prohibición de acudir a determinados lugares para delitos menores o medianos.
Entre sus puntos más destacados, la ley prohíbe de manera tajante la imposición de prisión o reclusión perpetua a menores de edad, alineando la legislación nacional con los estándares de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Asimismo, dispone un tope máximo de 15 años de pena privativa de la libertad y prohíbe taxativamente que los jóvenes sean alojados en los mismos establecimientos que las personas adultas.
Con este nuevo paradigma, las distintas jurisdicciones provinciales y la Justicia Federal comienzan la aplicación obligatoria de procesos especializados, exigiendo operadores judiciales capacitados en materia de niñez y adolescencia, y garantizando mayor asistencia y participación activa para las víctimas durante todo el procedimiento penal.