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Reforma Laboral: ya está vigente la reforma más profunda al derecho del trabajo en décadas

Luego de que el Gobierno cerrara el período de sesiones extraordinarias en el Congreso de la Nación con la aprobación de la reforma laboral, este viernes se promulgó la denominada Ley de Modernización Laboral.

Reforma Laboral: ya está vigente la reforma más profunda al derecho del trabajo en décadas

Luego de que el Gobierno cerrara el período de sesiones extraordinarias en el Congreso de la Nación con la aprobación de la reforma laboral, este viernes se promulgó la denominada Ley de Modernización Laboral.

La norma fue registrada como Ley N.º 27.802 y comenzó a regir esta madrugada, apenas se emitió el Decreto 137/2026, que contó con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.  (Infobae)
El Senado había convertido en ley el proyecto por 42 votos a favor, 28 en contra y 2 abstenciones, tras aceptar la modificación hecha en la Cámara de Diputados el pasado 19 de febrero, que incluía la eliminación del artículo 44 que reducía las licencias por accidentes y enfermedades. 


Una reforma estructural al mercado laboral


La Reforma Laboral 2026 —impulsada por el Gobierno nacional y presentada como un proceso de modernización del marco regulatorio del trabajo— introduce modificaciones significativas en aspectos centrales de la Ley de Contrato de Trabajo y otros regímenes complementarios. El proyecto pone el foco en actualizar criterios indemnizatorios, redefinir el esquema de licencias, revisar las reglas de pago salarial, modificar el sistema de vacaciones y horas extras, y ajustar distintos mecanismos de registración laboral, con la intención de generar un entorno más previsible y reducir la litigiosidad. 


Los seis cambios principales para los trabajadores


1. Cálculo de indemnizaciones. La nueva ley estipula que solo se tomará en cuenta la remuneración mensual, normal y habitual. Quedan excluidos del cómputo conceptos que no se abonen mensualmente, tales como el aguinaldo, premios extraordinarios o las vacaciones proporcionales, lo que reduce el monto final a percibir por el trabajador desvinculado.  


2. Pago escalonado de sentencias. Las grandes empresas podrán cancelar sus deudas en hasta seis cuotas mensuales consecutivas, mientras que para las MiPyMEs y empleadores individuales el plazo se extiende hasta las doce cuotas, actualizadas según el IPC del Indec con un interés del 3% anual.  


3. Extensión del período de prueba. El tiempo de evaluación para los nuevos contratos pasa de tres meses a un mínimo de seis para la generalidad de las empresas. En firmas de entre 6 y 100 trabajadores, el plazo puede ser de hasta ocho meses. Para microempresas de hasta cinco empleados, la ley permite extenderlo hasta un año completo, lapso en el cual se puede rescindir el vínculo sin indemnización.  (Perfil)
4. Banco de horas y jornada flexible. Se crea un mecanismo de compensación horaria mediante acuerdos escritos entre el empleador y el empleado, permitiendo compensar las horas extras con francos o tiempo de descanso, siempre que se respete el límite de 12 horas de pausa entre jornadas y el descanso semanal de 35 horas. 


5. Fondo de Asistencia Laboral (FAL). Las empresas y sindicatos podrán acordar en paritarias la sustitución de la indemnización tradicional por un aporte mensual a un fondo gestionado por terceros, de modo que el trabajador disponga de ese acumulado al momento de finalizar el vínculo laboral, ya sea por despido o renuncia. 


6. Blanqueo laboral. Se suprime las sanciones previstas en la Ley 24.013 por falta de registro y se establece un programa de regularización que permite a los empleadores dar de alta a sus trabajadores con la condonación de deudas por aportes y contribuciones, con porcentajes de perdón que varían entre el 70% y el 90% según el tamaño de la empresa. 


Cambios en la negociación sindical y el derecho de huelga


Los primeros artículos de la ley modifican el régimen de negociación colectiva: los convenios celebrados en el ámbito de la empresa prevalecen sobre los de nivel superior —sectoriales, regionales o nacionales—, habilitando acuerdos por empresa o por establecimiento. 
El sistema prevé además que la cuota solidaria sindical seguirá siendo deducida por los empleadores, aunque ahora con un tope del 2% del salario mensual. A partir de ahora, los sindicatos deberán pedir autorización para realizar asambleas en horario laboral. El derecho de huelga quedará restringido en los servicios esenciales —salud, distribución de agua potable, telecomunicaciones, aeronáutica comercial, control portuario, entre otros— y deberá asegurarse un mínimo del 75% de la dotación de personal en actividad. 


Vigencia y debates jurídicos


La normativa entró en vigencia plena tras su promulgación por el Poder Ejecutivo y publicación en el Boletín Oficial, lo que activó un plazo de ocho días para su aplicación general. Sin embargo, ciertos puntos específicos de la reforma, como los nuevos Fondos de Cese Laboral, requerirán de reglamentaciones adicionales por parte de los organismos técnicos para su instrumentación operativa.  (Perfil)
Un interrogante pendiente es a qué relaciones laborales se aplicará: en principio rige para todos los contratos existentes, porque la ley no dice lo contrario. Sin embargo, hay voces que advierten que se trata de una reforma que reduce la protección legal de los trabajadores, quienes no pueden quedar sometidos a una aplicación retroactiva de una ley regresiva, basándose en el principio constitucional de progresividad y no regresividad.  
La CGT planea una estrategia judicial contra la reforma laboral  (Ámbito) , mientras el Gobierno defiende la norma como un paso histórico hacia la modernización del empleo en Argentina.

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