
Rosario: la boleta de luz incluirá la cuota alimentaria para un padre deudor tras 3 años de mora.
Una resolución judicial inédita ordenó a la empresa proveedora de energía actuar como agente de retención. Tras el fracaso de otras sanciones, la deudora se cobrará directamente en la factura mensual.
La Justicia de Rosario dio un paso firme en la protección de los derechos de la infancia al implementar una medida contundente contra el incumplimiento de la cuota alimentaria. Ante un padre que acumulaba tres años consecutivos de mora y habiendo agotado las vías de sanción tradicionales, la jueza Andrea Mariel Brunetti dictaminó que la deuda se incorpore de manera directa como un ítem adicional dentro de la liquidación del servicio eléctrico.
El fallo judicial establece un mecanismo automático de cobro: la distribuidora de energía eléctrica añadirá el monto correspondiente a la manutención en la boleta mensual. Una vez que el usuario abone la factura, la empresa retendrá de inmediato esa suma para depositarla en la cuenta judicial designada a los menores. De no registrarse el pago integral de la boleta, la prestadora quedará facultada para suspender el suministro de luz, previo aviso formal.

Para sostener la medida, la magistrada apeló al artículo 553 del Código Civil y Comercial de la Nación, el cual habilita herramientas coercitivas y razonables para garantizar la efectividad de las cuotas alimentarias. En sus fundamentos, Brunetti remarcó que privar a niños y adolescentes de sus recursos básicos atenta directamente contra su desarrollo, salud y dignidad, configurando además un acto de violencia patrimonial hacia la persona a cargo del cuidado cotidiano.